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REGISTRO VOLUNTARIO

PARA PERTENECER A LA

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COOPERATIVA DE AUTO EMPLEO

E INTERCAMBIO

KAKAWINIK

 

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Esta práctica de rescate cultural es legal y urgente, no viola las leyes, pues no genera intereses ni es motivo de usura, alivia las situaciones de crisis de alimentos y emergencias en desastres naturales, es un mecanismo indispensable para mejorar el bienestar de las familias, la economía, el calzado, vestido, la vivienda, la alimentación y la salud pública.​ Para generar ingresos distribuidos equitativamente e intercambiar productos y servicios sin sobre precios por la especulación, monopolio, y usura.

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LA COOPERATIVA DE AUTO EMPLEO E INTERCAMBIO es un ESPACIO LABORAL Y CULTURAL que tiene un canal de información, que opera por cuenta de cargos rotativos de los integrantes, a través de un CONSEJO COLECTIVO.

 

El objetivo es mejorar la economía de la comunidad local, a través de generar trabajo, con un sistema de coordinación, limitado a los miembros de la asociación, que deben residir o poseer un domicilio en la localidad, en la cual el círculo de intercambio  tiene la sede. SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS.  

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ESTATUTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COOPERATIVA DE AUTO EMPLEO E INTERCAMBIO

KAKAWINIK

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NOMBRE

El nombre de la asociación es COLECTIVO KAKAWINIK

En este estatuto se utilizará convencionalmente la expresión COLECTIVO como nombre de la asociación.

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1 OBJETIVOS

1.1 Desarrollar e impulsar el auto empleo e intercambio, en la cuidad de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. México.

1.2 Estimular la creación de bienestar económico y social,  para los miembros del COLECTIVO .

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2 ADHESIONES

2.1 Las adhesiones al COLECTIVO estarán abiertas sin prejuicios, a cualquier individuo u organización, que con divida los objetivos del COLECTIVO.

2.2 Debe decidir como quiere participar, de forma libre e independiente o con responsabilidades y contrato. Tales adhesiones estarán sujetas a la aceptación y las restricciones del CONSEJO (expresión convencional que indica el grupo de personas que coordina, la asociación)

2.3 La participación está ligada al cumplimiento de las responsabilidades y acuerdos del colectivo y de las renovaciones anuales (o cualquier otro período decidido por el CONSEJO)

2.4 El COLECTIVO de intercambio promueve el rescate cultural del cacao, en beneficio de la salud, la alimentación y la economía, es laica e imparcial políticamente, por lo que no es aceptada la inscripción de partidos políticos oficiales, y es respetuoso de la diversidad religiosa, por lo que tampoco se acepta la realización de sus sesiones en nuestras asambleas, ni espacios de internet.

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3 ESTATUS LEGAL

3.1 El COLECTIVO de intercambio es una organización no lucrativa, cuyos participantes desean satisfacer la necesidad de alimentación fresca, sana, de buena calidad a precio accesible intercambiar bienes y servicios entre ellos. Sin generar ganancias monetarias de curso legal.

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4 ORGANIZACIÓN

4.1 En COLECTIVO de auto empleo mediante una cooperativa de productos agrícolas, en dos modalidades horario fijo con un jornal de 5 horas al día, por 5 días a la semana(con contrato) o modalidad horario libre (sin contrato), de intercambio, opera pagando 20% mas que la media por cultivar, distribuir, procesar, elaborar, preparar, empacar, servir y vender productos agrícolas; Así como cobra un 20% menos al adquirir productos o servicios a través del intercambio interno, con Vales internos: Abasteciendo un servicio de información a sus miembros, relacionado con la oferta y demanda de bienes y servicios, los asociados disfrutan de una cuenta, voluntariamente aceptada por cada uno. a través de un MEDIO DE INTERCONEXIÓN LIBRE Y AMPLIO vía internet llamado FORO DE INTERCAMBIO.

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  • 4.1 a El valor de este parámetro de intercambio se llama “CACAO” es 20% más alto al salario mínimo, 1 “CACAO” son 40 semillas de cacao, (pago por una hora de trabajo). 1 “CACAO” equivale a 25 pesos mexicanos por hora de trabajo, al15/sep/2020. Esta unidad de valor no se acepta en ningún otro lugar, mas que al interno de este colectivo de autoempleo e intercambio. 

  • 4.1b 5 CACAOS equivalen dos kilos de semilla cacao,  el máximo de trabajo diario por persona es de 5 horas, un jornal de trabajo es de 5 horas.

  • 4.1c A las cuentas no se les carga ningún interés. Esta establecida una cuota fija de cinco semillas por operación, que será depositada en la cuenta del participante, con el fin de que cuente con un ahorro que le permita enfrentar gastos imprevistos, CUANDO ÉL LO DISPONGA.​

  • 4.1 d Todas las transacciones entre socios se pagan en CACAOS.

  • 4.1 e El techo máximo de endeudamiento es de 5 CACAOS, un jornal de trabajo de 5 horas, 200 semillas de cacao, o 125 pesos, que lo establece el Consejo Colectivo.​

  • 4.1 f Ningún miembro está obligado a desenvolver una prestación.

  • 4.1 g Un comportamiento anti colaborativo, con intención de boicotear el sistema, como un cierto número de rechazos de prestaciones (4) con lleva a la expulsión automática del sistema.

  • 4.1 h El CONSEJO informa a todos los miembros de las cuentas abiertas a través del sistema vía internet en esta página. Que provee la conexión directa y transparente entre participantes, llamada FORO DE INTERCAMBIO.

  • 4.1 i Cada participante tiene el derecho de conocer la situación de cada uno, incluido el volumen de servicios realizados y de los bienes intercambiados. Mientras más operaciones más vida al sistema.​

  • 4.1 j El FORO DE INTERCAMBIO no es responsable de la calidad de los servicios realizados o de la calidad de los productos intercambiados. ​

  • 4.1 k Los participantes aceptan dirimir controversias a través de un sistema de arbitraje en colectivo, un sistema jurídico conciliatorio y comunitario, de asamblea abierta y un conciliador.​ En caso de no resolverlo será aconsejable dar otra oportunidad, a una segunda conciliación ante la PROFECO antes de tomar otras vías legales.

  • 4.1 l Cada socio tiene el derecho de escoger al socio que pide un servicio o un bien; con este fin el COLECTIVO publica continuamente en internet un FORO DE INTERCAMBIO, sobre las ofertas y las peticiones, que pueden ser hechas autónomamente de un socio a otro, o de un socio a todos los demás.​

  • 4.1 m Los socios son individualmente responsables por lo que incumbe al pago de los impuestos sobre las prestaciones y sobre los bienes intercambiados en unidades, en el caso de que estas sean Tasables.

  • 4.1 n EL FORO DE INTERCAMBIO puede rechazar el registro de una transacción realizada entre socios, si la considera inadecuada por motivos legales u otros​

  • 4.1 o La adhesión al COLECTIVO de Intercambio Económico, es autorizada o negada por el CONSEJO que a través del FORO DE INTERCAMBIO que puede expulsar de la asociación en caso de conducta mal intencionada o lesiva para los intereses del COLECTIVO .​

  • 4.1 p El CONSEJO será rotativo cada dos años, los procedimientos para su composición serán determinados en asamblea general.

  • 4.1 q La participación de menores es una formación educativa de responsabilidad económica, de ADMINISTRACIÓN FAMILIAR Y PERSONAL PARA LOS NIÑOS, es una lección de independencia, dignidad y de autonomía, indispensable para su sano desarrollo, como una acción pedagógica, vinculada la gestión del HUERTO ESCOLAR, bajo la solicitud, autorización y supervisión de los padres  o tutores. respetando todos los derechos de la infancia, siempre mayores de 10 años.

 

5.1 FORO DE INTERCAMBIO.

5.1ª En el COLECTIVO todos los miembros son titulares de los derechos y la autoridad. Esta última es delegada al CONSEJO, que gestiona en colectivo el interés común, a través de una página llamada FORO DE INTERCAMBIO que enlaza a los participantes para que libremente intercambien sus productos o servicios, y en tiempo real.

5.1b EL FORO DE INTERCAMBIO, ES EL MEDIO DE INTERCONEXION DEL COLECTIVO DE INTERCAMBIO es el responsable del real funcionamiento del COLECTIVO de Intercambio en San Cristóbal de Las Casas.

5.1c FORO DE INTERCAMBIO lo integran quienes tienen una participación operativa en el CONSEJO al interno del COLECTIVO y cuya función es indispensables para sus actividades. En particular, son parte del FORO DE INTERCAMBIO: el coordinador, el contador, el tesorero, el responsable de la información interna, el indicado para las adhesiones, y el cajero.

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5.2 CONSEJO COLECTIVO

En apoyo al FORO DE INTERCAMBIO se instituyo un CONSEJO  integrado por cinco participantes, electo por los asociados. El coordinador, el contador, el tesorero, el responsable de la información interna, el indicado para las adhesiones, y el cajero. Las funciones del consejo son:

  • 5.2ª Sostener y controlar la operación del FORO DE INTERCAMBIO, por lo que compete al funcionamiento y desarrollo del COLECTIVO de Intercambio.

  • 5.2b Favorecer la participación e involucrar a todos los asociados a las elecciones operativas.

  • 5.2c El CONSEJO no puede tener personas que no son residentes locales.

  • 5.2d Al menos un miembro del CONSEJO debe participar en las reuniones del FORO DE INTERCAMBIO

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5.3 El GRUPO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE se instituye con las siguientes tareas:

  • 5.3ª Asegura las responsabilidades del FORO DE INTERCAMBIO en interés de los asociados

  • 5.3b CONCILIAR los casos de inconformidades entre asociados o entre los asociados y el Centro.

5.4 El primer comité del COLECTIVO  estará compuesto por sus propios promotores, hasta dos años después de su primera reunión de fundación, será el encargado de organizar una primera asamblea general BIENAL. para elegir nuevos integrantes.

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PROCESOS DE TOMA DE DESICIONES.

6.1 En cada asamblea general cada asociado tiene el derecho de voto.

6.2 La asamblea general nombrará a los integrantes del FORO DE INTERCAMBIO, el CONSEJO COLECTIVO y GRUPO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

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7 FUNCIONES DEL FORO DE INTERCAMBIO

7.1 FORO DE INTERCAMBIO se ocupará de la administración del COLECTIVO. Subdividiendo las tareas, entre los miembros del FORO DE INTERCAMBIO mismo. Sus tareas institucionales son:

  • a) Mantener una lista actualizada de los miembros

  • b) Registrar cuidadosamente la contabilidad comercial así como la contabilidad del intercambio, las transacciones entre los asociados, y actualizar a diario las cuentas.

  • c) Administrar los gastos ajenos al intercambio: salarios, rentas, internet, pagina, impresos, utensilios de cocina, equipo de cocina, empacadoras, equipo de computo, etc.

  • d) Publicar las ofertas y demandas.

  • e) Recibir señas, consejos, indicaciones de los asociados.

  • f) Mantener la vitalidad del sistema.

  • g) PUBLICITAR EL MERCADO DEL INTERCAMBIO AL INTERNO DE LA COOPERATIVA.

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8 REUNIONES DEL FORO DE INTERCAMBIO

8.1 El FORO DE INTERCAMBIO se organizará para tener periódicas reuniones operativas.

8.2 Publicará estas reuniones a todos los asociados.

8.3 Tendrá regular registro de cuanto se decida en las reuniones, de modo tal que todos los asociados que lo deseen puedan tener conocimiento de ello.

8.4 En estas reuniones podrán participar todos los miembros del consejo y los asociados que así lo soliciten.

8.5 Las decisiones del FORO DE INTERCAMBIO se tomarán por voto directo de los asociados, aunque se prolongue.

8.6 Si un miembro del FORO DE INTERCAMBIO se ausenta injustificadamente por tres reuniones de seguido, será cesado de sus funciones.

8.7 El FORO DE INTERCAMBIO puede cooptar a nuevos miembros, a la hora que lo considere necesario. Cada miembro del FORO DE INTERCAMBIO puede ser declarado cesado de su encargo por mayoría de ¾ partes de los miembros, en caso de faltas graves. (fraude, boicot, incumplimiento reiterado en las operaciones realizadas, rechazo de ofertas laborales reiteradas para desequilibrar las operaciones, etc)

8.8 Al menos un miembro del CONSEJO debe estar presente en las reuniones del FORO DE INTERCAMBIO.

8.9 Todas las decisiones del FORO DE INTERCAMBIO en relación a un solo individuo pueden ser apeladas a través del GRUPO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

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9 ASAMBLEA GENERAL

9.1 El CONSEJO debe organizar una asamblea general cada seis meses

9.2 El CONSEJO está encargado de organizar asambleas extraordinarias con al menos la petición de cuarto miembros (el número de los asociados necesario para tal petición puede ser más alto dependiendo del tamaño del colectivo).

9.3 Todos los miembros deben ser avisados de las fechas de las asambleas regulares con la menos 15 días de anticipación

9.4 El estatus de asociado da el derecho a votar en las asambleas generales.

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10 FINANZAS

10.1 El FORO DE INTERCAMBIO deberá abrir una cuenta en la que se depositarán las contribuciones hechas en cacao por los asociados (2500 gr. de cacao) o TIEMPO TRABAJADO, de forma individual.

10.2  EL CONSEJO establece quienes serán los titulares de las firmas autorizadas para realizar los movimientos de esta cuenta.

Administrar los gastos ajenos al intercambio: salarios, rentas, internet, pagina, impresos, utensilios de cocina, equipo de cocina, empacadoras, equipo de computo, etc.

10.3 Ningún asociado puede tener ventajas personales.

10.4 Los asociados NO tienen que pagar una cuota de Inscripción. 

10.5 Los miembros del FORO DE INTERCAMBIO no son personalmente responsables de eventuales perdidas conectadas a las actividades del círculo de intercambio, aunque estas actividades hubieran sido acordadas junto con el FORO DE INTERCAMBIO, y bajo la supervisión del CONSEJO . En caso de inconformidad, los asociados podrán dirigirse al GRUPO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, para convocar a la asamblea de miembros y en colectivo conciliar el caso.

10.6 Llevar copia del registro más grande, conteniendo el estado de todas la cuentas y siempre a disposición de todos los asociados.

10.7 Siendo una COOPERATIVA DE AUTOEMPLEO, cada eventual remanente de fondos, será depositada en los FONDOS del COLECTIVO de intercambio para distribuirse equitativamente entre los integrantes de la cooperativa, las utilidades se reparten en cada operación de intercambio de la siguiente manera: al pagar el salario se otorga 20% más y al ("comprar") intercambiar se reduce 20% menos, además de depositar una cantidad, que es un ahorro para  enfrentar los gastos imprevistos,  de salud. desastres naturales, plagas, asistencia humanitaria, PRESTAMOS SIN INTERESES A MIEMBROS con contrato. A los trabajadores fijos se les paga la SEGURIDAD SOCIAL a los trabajadores con contrato, si eventualmente hubiera ganancias, estas se repartirán equitativamente entre los socios de la cooperativa.

10.8 Cada decisión relativa a este FONDO será sujeta al

Control directo de todos los asociados, y deberá ser sometida a votación.

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11 MODIFICACIONES AL PRESENTE ESTATUTO.

11.1 Cada modificación al presente estatuto, podrá

Suceder solo con la aceptación de 2/3 de los asociados reunidos en Asamblea General.

11.2 Cada propuesta de modificación deberá ser hecha y

Notificada a todos los asociados con al menos 15 días de anticipación, respecto a la asamblea en la cual se discutirá.

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12 LA CLAUSURA

12.1 El COLECTIVO de intercambio puede cesar sus actividades solamente después de las votaciones que así lo determinen

12.2 En caso del cese de actividades, el COLECTIVO se ocupará de gestionar en un razonable lapso de tiempo las cuentas significativamente en deuda y crédito, con el fin de asegurar un cierre sin penalización para ninguno miembro.

12.3 Los nombres de quienes tengan una fuerte deuda serán comunicados del corazón administrativo a todos los ex asociados.

12.4 Al cierre de las actividades, cada eventual residuo de activos, cada propiedad, cada crédito, será transferido a una asociación no lucrativa, electa por la ultima asamblea general del COLECTIVO de Intercambio.​

 

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Suscribo plenamente estos acuerdos y respetaré los principios éticos y objetivos de este COLECTIVO de intercambio. Que es un mecanismo de ayuda mutua.

 

ACEPTO LOS TERMINOS Y CONDICIONES VOLUNTARIAMENTE PARA COLABORAR COMO TRABAJADOR EVENTUAL. ​​

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FIRMA DE QUIEN SE INTEGRA

                                           

                                            

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FIRMA DEL CONCILIADOR INTERNO​

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FIRMA DEL TESTIGO​

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La suscripción de este folio con la firma del GRUPO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y dos testigos, testimonia su cooperación al trabajo e intercambió sin moneda regular, para el bienestar común, con derecho a asistir al trabajo cuando usted lo solicite, durante el tiempo que disponga, en horario libre y sin contrato, convirtiendo su deposito de tiempo trabajado, en artículos o servicios adquiridos mediante el intercambio, ordenado y garantizado. Para asistir necesidades imprevistas, sin dejar su trabajo formal. 

Imprima y firme en papel este documento ​​

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